Como cada año, los meses de marzo y abril son fijados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como la fecha límite para poder enviar la declaración anual 2019.
Por mes, «marzo» es la fecha límite para la presentación de la declaración anual de las personas morales; mientras que «abril» se convierte en el límite de las personas físicas.
¿Qué es la declaración anual 2020?
En su definición, la declaración anual es un reporte en el que se detallan los ingresos y gastos que el contribuyente tuvo en el ejercicio fiscal anterior en este año 2020, se presenta la información del año 2019.
» Se trata del periodo en el que los mexicanos, extranjeros con establecimiento en México, empresas internacionales y Mexicanas con domicilio o razón de negocio en México, deben rendir su declaración anual de impuestos, en los que se detallan y se comprueban los ingresos percibidos y los gastos efectuados en el año anterior»
¿En qué casos la ley dice, que debo presentar la declaración anual 2020 si soy persona física?
Lozag contadores te informa los siguientes puntos de interés.
- Prestar servicios profesionales por honorarios. Si eres un trabajador por cuenta propia, sin contrato y que percibes pagos por servicios profesionales por los cuales has emitido recibos.
- Asalariados con obligación de pagar. El SAT informa que aun en el caso de que hayas trabajado como empleado con sueldo por nómina, deberás pagar impuestos si trabajaste para más de un empleador de forma simultánea o si percibiste otros ingresos, entre otros casos.
- Rentar bienes inmuebles. Debes presentar declaración si rentaste una propiedad por la cual percibiste ingresos, sin importar el monto
- Realizar actividades empresariales. Las personas físicas con actividad empresarial, aquellas que tienen negocios como talleres, restaurantes, establecimientos agrícolas u otros, debe presentar sus declaraciones sin importar el monto de lo percibido en el año.
- Enajenar o adquirir bienes. Cuando realizaste operaciones de compra o venta de bienes, es preciso calcular el monto del Impuesto Sobre la Renta y presentarlo en la declaración anual.
- Percibir intereses. Si recibiste intereses financieros por un monto superior a los 100,000 pesos en el año.
¿Qué incluye la declaración anual 2020 (PM y PF)?
Dependiendo del régimen fiscal en el que te encuentres, seas persona física o moral lo primordial que el SAT solicita dentro de sus parámetros de análisis, en forma global los establece de la siguiente manera y claro!, es un calculo de forma anual:
- Ingresos
- Deducciones personales
- Pagos provisionales
- Retenciones
¿Cuándo no pagar, o cuando no presentar información, si solo estoy dado de alta como sueldos y salarios?
Recuerda que, si durante el año anterior trabajaste por un salario que no superó los 400,000 pesos, sobre los que se aplicaron los impuestos correspondientes a cargo del empleador, no tienes obligación de presentar tu declaración anual SAT.
Tampoco debes pagar si trabajaste para un solo empleador, aun cuando el monto total supere los 400,000 pesos, siempre que éste haya emitido la totalidad de los comprobantes de nómina.
¿Qué es la declaración con propuesta que veo en el portal SAT? ¿Puedo confiar en ella?
Como contador, recomiendo amplia-mente utilizar esta opción, solo y siempre y cuando, tu estas consciente, realmente seguro y de acuerdo con la información. Para ello, recomendamos siempre tener una contabilidad ordenada y mucho mejor si esta información es manejada por los expertos en la materia, por lo que si necesitas apoyo acércate con un contador.
¿Qué son estos números que cargan en automático? es cuando el sistema te arroja toda tu información que tiene registrada, incluyendo facturas que fueron cargadas a tu nombre y que «podrán» ser declaradas.
Para todo lo anterior, recomendamos de la mejor manera, acercarte con los expertos y ellos te aconsejaran y darán las asesorías que necesites para cualquier procedimiento.
NOTA DE INTERÉS A MODO DE EJEMPLO.
¿Sabías que?…Una persona física con sueldos y salarios puede pagar más impuesto que una persona moral en el mes.
Actualmente nuestras leyes fiscales establecen que una persona moral (empresa), tiene una tasa de impuesto del 30% para sus pagos mensuales de ISR, sin embargo una persona física puede pagar hasta el 35% de acuerdo a sus ingresos conforme a la tabla de ISR vigente.
Ejemplo: El Sr. Panchito es Sub-Director de Finanzas y por lo tanto percibe ingresos mensuales de $220,000 así que los impuestos que serán descontados de su recibo de nómina en el mes de marzo serán de $67,108, aplicándole una tasa del 34%.
En cambio la Empresa «CAPITEL» percibió ingresos en el mes de marzo de $220,000 así que para su presentación de impuestos estaría pagando $60,053. (Con un coeficiente de utilidad especifico)
Podemos observar que una persona de sueldos y salarios estaría pagando $7,055 más de impuestos que una empresa, sin considerar que una empresa todavía cuenta con un factor denominado (Coeficiente) que puede llevar a que termine pagando mucho menos impuestos mensual y no olvidemos, saldos a favor e inclusive estímulos fiscales.
Por lo tanto es muy importante que si recibes ingresos por sueldos y salarios presentes tu declaración anual sobre todo si realizaste deducciones en el ejercicio para que determines si es posible solicitar un «saldo a favor».
Para asesoría o preguntas relacionadas con estos servicios te invitamos a que visites nuestra pagina, y si te interesa síguenos en facebook para mas actualizaciones contables y fiscales.